jueves, 5 de julio de 2012

El Defensor del Pueblo denuncia malos tratos en centros de menores, cárceles, psiquiátricos y CIES

El Defensor del Pueblo ha alertado sobre las "deficiencias" en el trato que reciben los menores internados en centros de infractores y ha recordado que su objetivo debe ser educativo y no punitivo.


Estas son algunas de las conclusiones incluidas en el Informe de 2011 del Mecanismo de Prevención de la Tortura (MPT), un organismo establecido a petición de la ONU y cuyas responsabilidades asumió la oficina del Defensor del Pueblo en 2009.


Tras visitar por sorpresa todo tipo de centros de detención por España, el MPT ha presentado un informe en el que se recogen las deficiencias observadas en el funcionamiento y tratamiento de los internos en cárceles, centros de internamiento de inmigrantes, centros de internamiento psiquiátricos y centros de menores. Es en estos centros en los que el informe revela una serie de deficiencias y comportamientos que no se "ajustan estrictamente a las previsiones legales y reglamentarias, ni éstas se cumplen escrupulosamente".
Así, el informe denuncia que la escasez de centros especializados hace necesario internar a los menores en centros alejados de las ciudades en las que residen.
También considera "preocupante la poca o nula asistencia jurídica de los abogados" y el hecho de los menores rara vez son informados de las sanciones que les han sido impuestas o de sus derechos durante el internamiento.
Condiciones inhóspitas y con finalidad intimidatoria
El MPT denuncia que, en los primeros días de su ingreso, los menores suelen ser instalados de forma aislada y en condiciones "inhóspitas y con un régimen muy restrictivo que parece tener una finalidad intimidatoria", por lo que considera necesario revisar los protocolos de primera admisión a los centros.
Además ha cuestionado los procedimientos para efectuar los registros personales a los menores, ha destacado la importancia de que la acumulación de sanciones no supere los límites establecidos y que los castigos de separación del grupo no afecten a su asistencia a clases de enseñanza obligatoria.
Por otra parte, en cuanto a los centros penitenciarios, el informe, constata el "grave problema" y las "graves consecuencias" que suponen para la salud de los presos la pérdida de citas médicas en los centros sanitarios a causa de la incomparecencia de los agentes encargados de su custodia "por falta de efectivos". Así las cosas, propone la elaboración de protocolos para realizar determinadas consultas médicas a través de videoconferencia y telemedicina.
También recomienda las vídeo-conferencias entre los centros penitenciarios y los órganos judiciales para evitar así los traslados innecesarios de los internos.
El Defensor considera que dado el "importante número" de presos que tienen trastornos psiquiátricos es prioritario implantar el programa de atención integral a enfermos mentales "en toda su extensión".
Tratamiento del enfermo mental
En el caso concreto de los hospitales psiquiátricos penitenciarios, apunta que es necesario revisar el tratamiento jurídico-penal del enfermo mental que se encuentra privado de libertad durante largo tiempo "sin fundamento terapéutico alguno", ya que, a su juicio, la reincidencia y la acumulación de condenas no debe ser aplicable a este tipo de internos.
El Defensor también insta a que los presos a los que se les haya impuesto el aislamiento como medida cautelar se les efectúe un tratamiento médico periódico para determinar el tiempo de aplicación del mismo.
"Seguimiento que habría de ser permanente cuando se haya aplicado la medida de sujeción mecánica", resalta en el informe.
También recomienda que los centros penitenciarios ofrezcan actividades y talleres ocupaciones entre otros para acabar con la "inactividad" de los presos a lo largo del día.
Asimismo, indica que debería mejorarse la comunicación con las prisiones, ya que están situadas, la mayoría de ellas, en zonas alejadas de los centros urbanos, "lo que dificulta tanto las visitas que puedan recibir los internos como las salidas autorizadas de éstos".
En cuanto a los demás centros de internamiento, las observaciones y recomendaciones del MPT coinciden plenamente con las referidas en el informe anual del Defensor del Pueblo y destacan, por ejemplo, la necesidad de contar con un reglamento del régimen interno de los Centros de Internamiento de Extranjeros (CIE) que garanticen plenamente sus derechos.
También advierte sobre la necesidad de instalar y utilizar medios de grabación en todos los centros de internamiento, de limitar el uso del castigo de incomunicación y de respetar escrupulosamente todos los derechos de los internos y de investigar detalladamente cada denuncia o incidente.
Finalmente recuerda que el objetivo de este informe es "promocionar los cambios necesarios para hacer imposible la producción de casos de tortura o malos tratos".