lunes, 8 de octubre de 2012

Dos niñas de Jaén atrapadas entre una sentencia y los servicios sociales

Las niñas tienen cinco y siete años. La Junta de Andalucía las apartó de su familia en octubre de 2008 al entender que no estaban bien atendidas en sus necesidades básicas. Decretó desamparo. Una sentencia firme de la Audiencia Provincial de 2010 -contra la que no cabe recurso- revocó el desamparo. La Justicia acordó que había que «comenzar a reintegrar a las menores con su madre biológica». En junio pasado, la Audiencia rechazó la última posibilidad legal que tenía la Junta para impedir que las menores vuelvan con su familia: rechazó un recurso contra la ejecución de la sentencia y ordenó que continuase el proceso de vuelta a casa de las menores, actualmente acogidas por una familia en otra provincia. La Junta argumentó que devolver a las menores a su ambiente sería perjudicial para las niñas. Cuatro meses después del auto judicial de ejecución de sentencia aún no se las han devuelto a su familia. «Ni siquiera les puedo decir que soy su madre cuando voy a verlas a un punto de encuentro», ha dicho Cándida, la madre. «En un estado de derecho las sentencias judiciales hay que cumplirlas. No se puede quitarle los niños a una madre por ser pobre», clama el letrado Amando Moreno, que la representa.
Tras la retirada de la custodia de las menores, la familia emprendió una batalla por ellas. Primero en sentido literal, pues protagonizaron un sonado altercado en el centro de servicios sociales en la plaza Rosales. Después, en los tribunales. El 6 de noviembre de 2009 el juzgado de Primera Instancia número 3 de Jaén dio la razón a la Junta. Un juez valoró que la madre «ha hecho un esfuerzo importante a fin de atender a sus hijas». Lo acreditaron profesores y directores del colegio y la guardería. Sin embargo ese esfuerzo, según el juez, comienza a producirse cuando la Junta ya ha iniciado el proceso para retirarle a las niñas. Hay también un informe del aparejador municipal que dice que la vivienda familiar «tiene unas condiciones de equipamiento e higiene aceptables».
Hacinamiento y mala higiene
«No obstante -continúa la sentencia- esa información choca frontalmente» con los informes de Asuntos Sociales, a los que el magistrado concede mayor valor. Esos informes hablan de «hacinamiento y mala higiene» en la vivienda, que los adultos que allí viven «carecen de formación y de trabajo, y la única fuente de ingresos es una pensión de la abuela materna, que es la encargada en la mayoría de las ocasiones de los menores». Más adelante se apunta que esa persona padece trastornos psiquiátricos.
Esos informes indican que no fue hasta que los técnicos de la Junta comenzaron a trabajar con la familia cuando la madre tomó conciencia de los problemas de salud y educación de los hijos, pues antes no los llevaba al día en los controles médicos y que el entorno para los menores es desestructurado y violento (se lleva a apuntar que el abuelo ha estado en prisión).
En estas condiciones, el juez dio por buena la retirada de la custodia y la declaración de desamparo.
La familia recurrió entonces a la Audiencia. Un fallo de la Sección Tercera de 5 de abril de 2010 revoca la declaración de desamparo «y la deja sin efecto». Esta sentencia afirma que «la carencia de medios económicos no puede erigirse en premisa mayor, siempre y cuando dicha situación no sea lacerante para los hijos, ni puede compartirse que la mejora en el cuidado y superación de situaciones deficitarias en el hogar familiar puedan ser calificadas de parvas, nimias o veniales por tener su origen en las indicaciones de la propia administración».
La Audiencia valora el informe del aparejador municipal que habla de unas condiciones «aceptables» de la vivienda y conforma que además de la pensión de la abuela de 328 euros hay otra del abuelo de 413 euros. En el colegio de la niña mayor no detectaron problemas de alimentación y la niña iba a clase con normalidad.
La Junta intentó parar sin éxito la ejecución de esta sentencia. En medio de esta batalla legal están dos niñas. La Justicia y los servicios sociales argumentan que actúan por el bien de las menores. Pero van en direcciones contrarias.