La jueza ve probado que imponían a los menores castigos humillantes.
Dos educadoras y el director de una casa de acogida de Ourense han sido condenados por delitos de malos tratos y contra la integridad moral por haber sometido a castigos «desproporcionados» y trato «humillante» a varios de los menores que tenían a su cargo en el centro, perteneciente a la entidad Hogares y Apoyo del menor Lar, que dependía y estaba bajo la supervisión de la Xunta de Galicia.
En la sentencia, dictada por la magistrada del Juzgado de lo Penal 1 de Ourense, se da por probado que Noemí Blanco y Vanesa Fernández, quienes trabajaban como cuidadoras en la casa, situada en la calle Casaio de la capital ourensana, «durante el verano del 2008 sometieron a los menores de manera reiterada a castigos vejatorios y degradantes, en particular a los más pequeños, que contaban con siete años de edad».
En concreto, se da por probado que las acusadas, cuando algunas de las menores se orinaba en la cama, «las obligaban a comer cebolla cruda sola y a ponerse las bragas sucias en la cabeza y permanecer con ellas así en la cama». Asimismo, las obligaban, recoge la sentencia, a limpiar las paredes de la casa, «y a ponerse de rodillas incluso con un diccionario en las manos y a hacer un número no razonable de copias».
Ingerir vómito
También ha quedado probado, por la declaración de las víctimas, que en una ocasión una de ellas fue obligada a comer su propio vómito como castigo. Tiempo después, la menor se vio obligada a permanecer sola en una habitación «durante el tiempo que estaba en la casa, comiendo incluso allí durante varios días».
Pese a que las dos acusadas negaron los cargos y aseguraron que su trato con los menores era muy bueno, aclarando que a veces les imponían castigos leves y siempre con fines educativos, la declaración de las víctimas -cuya credibilidad no fue testada por los técnicos- ha sido clave para la condena. La jueza considera que sus testimonios son fiables y coherentes e impone a las cuidadoras 21 meses de prisión por un delito de maltrato psíquico habitual y otro contra la integridad moral. Quedarán inhabilitadas para cualquier actividad que requiera trabajar con los menores durante el tiempo de la condena.
Además, la sentencia condena a Arturo Estévez, director de la casa, como autor de un delito contra la integridad moral contra una de las menores tuteladas, a la que insinuó que, «su futuro estaba en una esquina». Por ese hecho, se le impone una pena de quince meses de prisión.
Todas las víctimas deberán ser indemnizadas tanto por los condenados como por la entidad Lar y la Xunta de Galicia. Eso sí, las defensas no están conformes con este fallo, que consideran injusto, y anuncia que presentarán recursos ante la Audiencia provincial.