“A ti lo que te queda es venir a ver a tu hijo y llorar. Es lo que tienes”, le dijo una funcionaria de la Comunidad de Madrid (CAM) a María (nombre ficticio) cuando la menor –tiene aún 17 años– le preguntó si conservaba al menos la patria potestad de Miguel, su hijo. María quedó embarazada tras su relación con un vigilante del centro de menores Acacias, de titularidad pública, donde residía. Madre e hijo convivieron juntos los diez primeros meses de vida de Miguel hasta que el centro de menores Almenara –privado y gestionado por Salud Mental Consulting (SMC)– decidió quitarle a su hijo. De esta decisión se enteró por la cocinera.
SMC, entidad que gestiona varios centros de menores, fue denunciada por malos tratos en su centro de Galapagar (Madrid). La Defensora del Pueblo, en su informe, presentado hace unos días, vuelve a señalarla por varias irregularidades. “La técnico de la Comunidad de Madrid en ningún momento me escuchó. Me dijo que eso era lo que iba a hacer y que lo tenía que aceptar”, explica. Su hijo pasó a una familia de acogida a la que María no conoce. María y Miguel han sufrido varias de las irregularidades del opaco sistema de protección de menores. En primer lugar, un centro que no la protegió, pues quedó embarazada del vigilante, casi 20 años mayor que ella. Después, otro centro de menores le arrebató a su hijo sin pedirle su opinión, violando el derecho del menor a ser oído que recoge la Ley Orgánica de Protección del menor.
Como la Comunidad considera que se trata de un acogimiento “provisional”, a día de hoy, a María tampoco se le ha notificado por escrito la entrega de su niño a una familia de acogida, lo que, según el Código Civil, es obligatorio. Los padres tampoco han dado su consentimiento a la entrega de Miguel. A María, en ningún momento se le informó de su derecho a tener representación legal para hacer valer sus derechos. Resultado: aunque María y su actual pareja tienen casa y trabajo, mientras esperan la decisión de un juez, la madre sólo puede ver a su hijo, que ya tiene un año y medio, una hora cada 15 días.
La reforma de la protección
El Gobierno ha anunciado en reiteradas ocasiones, a través de la ministra de Sanidad, Política Social e Igualdad, Leire Pajín, que está preparando una nueva Ley de Protección de la Infancia, o al menos una Ley de adopción nacional y acogimiento familiar. Ésta trataría de subsanar algunos de los problemas detectados en el sistema de protección. Las líneas de la nueva ley anunciada por Pajín han sido marcadas por el informe, hecho público en noviembre de 2010, de la Comisión Especial del Senado para la Problemática de la Adopción Nacional y otros Temas Afines. El estudio, fruto de casi dos años de trabajo, y para el que fueron consultados 39 expertos y expertas,señaló que los centros de acogida no son el lugar adecuado para el desarrollo del menor, y que, en cambio, vivir con una familia de acogida supone ventajas psicológicas y emocionales, además de ser menos costoso.
En definitiva, el Senado apostó, ante el sombrío panorama de los centros de menores recogido en su estudio, por impulsar el acogimiento familiar. José Luís Calvo, portavoz de la Asociación Pro Derechos de la Infancia (PRODENI) y uno de los expertos consultados por la Comisión, considera que lo esencial, la privatización de la protección, no se ha tocado ni se tocará. “El problema está en que ahí hay negocio”, señala. Apuntando a la raíz, Enrique Martínez Reguera, pedagogo que lleva más de 30 años conviviendo con niños y jóvenes excluidos, considera que la cuestión esencial, “la dinámica cosificadora”, que hace que los menores en desamparo sean tratados como mercancías sin pasado, ni necesidad de arraigo o identidad, permanece intacta.
El Senado aboga por impulsar el modelo europeo, del que el Reino Unido es pionero, y trasladar el peso de la protección de los centros a las familias de acogida, convirtiendo así a los primeros en “una medida subsidiaria, el último recurso”, en palabras de Pajín. Las Comunidades se han puesto ya en marcha para encontrar familias acogedoras y garantizar al menos que los niños de cero a tres años no vayan a centros. El Acogimiento Familiar permite que los menores sean atendidos, durante un cierto tiempo, por otro núcleo familiar, ya sea de la familia extensa (tías, abuelas...), o en familias ‘ajenas’, que se ofrecen para ello. El acogimiento puede ser simple, si tiene una duración determinada, permanente, si es hasta la mayoría de edad, o preadoptivo, que es cuando la familia acoge al menor, antes de formalizar la adopción, y se encarga de su cuidado aunque el niño siga bajo la tutela de la Administración. En los dos primeros casos, las familias deben tener claro que los menores no se quedarán con ellos.
El psicólogo Santiago Agustín, que trabaja habitualmente con familias y menores, señala que “se contraponen artificialmente los intereses de los acogedores y los padres, y no se permite el contacto y la colaboración entre ellos”. Esto provoca que “volver a su entorno original, después de mucho tiempo integrados en otro lugar y aislados del mismo, sea un trauma y una agresión para los niños”. Desde su punto de vista, con el que coinciden otros muchos profesionales, es necesario promover que se multiplique el trabajo y los contactos con la familia de origen cuando un niño pasa a acogimiento familiar. También señala, “debería exigirse que se favorezca el contacto del niño con los acogedores una vez termina el acogimiento”. María, por ejemplo, quiere saber con quién y dónde está Miguel, pero en la CAM nadie le informa de nada.
Los límites del acogimiento
El Senado ha propuesto también la introducción de las familias profesionales de acogida, es decir, personas que, tras demostrar que están capacitadas y haberse sometido a los cursos de formación necesarios, se dedican exclusivamente a la crianza de niños desamparados. “No puede ser que las fundaciones trasladen su negocio al acogimiento familiar”, advierte José Luis Calvo. Varias “entidades sin ánimo de lucro” que ya gestionan servicios y centros de menores, están metiendo el pie en el proceso de acogimiento familiar. El ejemplo paradigmático es O’Belén, que no sólo tiene servicios de acogimiento familiar en nueve provincias, sino que mediante un convenio de colaboración con la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria y La Fundación Canaria Universitaria de las Palmas, ha puesto en marcha un título de Experto Universitario en Acogimiento familiar. La ‘bestia negra’ de los menores internados en centros indica en su página web que el curso surge “en un momento de gran interés social”, que significan los próximos cambios legislativos.
“La situación en la que se haya Miguel, y que supone una desgarradora separación de su madre, pone de manifiesto que tanto la administración como las empresas privadas que contrata pueden llegar a utilizar el acogimiento familiar, una solución en principio positiva, de forma inhumana”, subraya Agustín.
Diagonal 149
Familia frente a orfanato
Aunque no hay una cifra oficial de los menores tutelados, se calcula que son cerca de 40.000, de los cuales un 25% no ha cumplido los seis años. El sistema de protección español se caracteriza por un uso intensivo del acogimiento en residencias –75% de los menores– lo que absorbe la mayoría de los recursos. Estas cifras sitúan al Estado español a la cabeza de Europa en el número de menores institucionalizados. Primar el acogimiento familiar no sólo significaría evitar la institucionalización sino que implicaría además una reducción de costes. Subvencionar a una familia le cuesta al Estado de 300 a 1.000 euros, frente a los 3.500 y 6.000 por menor que supone una institución.