El Defensor del Pueblo de Cataluña (Síndic de
Greuges) saca los colores a la Generalitat. La institución ha recogido
una serie de vulneraciones de los derechos de los menores extranjeros
que se encuentran solos en su región en la respuesta a una queja
particular. En los argumentos del Defensor se recogen desde un protocolo
de actuación que a día de hoy viola el derecho al "interés superior del
niño" hasta la falta de asistencia letrada y acompañamiento en procesos
fundamentales para el menor, que pueden dejarlo incluso en la calle.
Eso fue lo que le ocurrió al menor al que defendió como abogado de
oficio Albert Parés, que presentó la queja ante el Síndic. Hoy no sabe
qué es de él. "Perdí el contacto y no sé dónde se encuentra", explica a
eldiario.es. El chico es un inmigrante procedente de Mali que se
encontraba solo en España y afirmaba ser menor de edad. Cuando se halla
un menor sin un adulto que se responsabilice de él, en situación de
desamparo, el Estado debe hacerse cargo de él y asumir su tutela y
cuidado. En España, esta competencia está asignada a las Comunidades
Autónomas.
Pero como el joven no tenía la documentación, los Mossos
d'Esquadra lo llevaron ante la Fiscalía de Menores de Barcelona, que no
creyó su versión, algo que se repite en muchas ocasiones y en diferentes regiones de España,
según las denuncias de ONG especializadas en menores vulnerables como
la Fundación Raíces. La Fiscalía ordenó que le realizaran unas pruebas
médicas de determinación de la edad, muy criticadas por el Síndic y
también por la Defendora del Pueblo de España por su falta de garantías.
A pesar de que en el primer dictamen de un médico forense, éste
consideró que el chico era "casi con total seguridad menor de 18 años",
las pruebas médicas indicaron que "la edad mínima más probable del joven
es de 18 años". Le decretaron mayor de edad "y como tal no puede gozar
de los beneficios que para la protección de los menores prevé nuestro
ordenamiento", recoge la resolución de la Fiscalía provincial de
Menores.
El chico se quedó en la calle y Albert Parés perdió su rastro en una
maniobra que, a su pesar, es "habitual". "Los echan del centro y
desaparecen por completo muchas veces. Es muy difícil que entiendan la
figura del abogado porque las autoridades nos llaman con muy poco tiempo
como para crear un mínimo vínculo de confianza", lamenta.
El Defensor pide cambios en el protocolo
Parés presentó la queja ante el Síndic de Greuges por un protocolo de
actuación que el Defensor también ha considerado ilegal y ha pedido a la
Generalitat que lo modifique: los menores migrantes no acompañados,
tengan o no documentación que demuestre su minoría de edad, son llevados
de manera sistemática ante los Mossos y la Fiscalía de Menores y no
ante la DGAIA (Dirección General de Atención a la Infancia y la
Adolescencia), que debería hacerse cargo de su protección inmediata.
El Síndic de Greuges afirma que los niños que tengan documentación que
acredite que son menores y aquellos en los que no exista duda sobre su
minoría de edad no deben ser llevados ante la policía, según nuestro
marco jurídico. "A criterio de esta institución, este circuito de
atención vulnera el principio de interés superior del menor,
establecido, entre otros, por la Convención de Naciones Unidas sobre los
derechos del niño", apunta su resolución, a la que ha tenido acceso
eldiario.es.
Jorge Cardona, español miembro del Comité de Naciones Unidas para los
Derechos del Niño, explica a eldiario.es que la violación del interés
superior del niño significa "la vulneración del respeto del resto de sus
derechos". La legislación en materia de protección a la infancia,
reformada por una ley orgánica en julio, "dice explícitamente que el
interés superior del niño no es solo un principio de derecho, es un
derecho en sí mismo", añade Cardona.
El Síndic recoge una serie de vulneraciones de los derechos debido,
entre otras cuestiones, a este protocolo: como el sometimiento de
pruebas de edad a menores sin el conocimiento de la DGAIA (que vela por
su protección y derechos), la falta de acompañamiento en estos procesos
e, incluso, del asesoramiento de un abogado. Los chicos se enfrentan a
un entorno hostil sin nadie que vele por sus intereses, en situaciones
en las que a veces son retenidos durante horas por las fuerzas
policiales.
Denuncias previas a la Administración
Mª Jesús Larios, adjunta para la defensa de las niños y los
adolescentes del Síndic de Greuges, recuerda que este dictamen no es el
primero. En informes previos y resoluciones de casos concretos han
expuesto que los derechos de los menores son vulnerados por las
instituciones públicas catalanas. "Nosotros seguimos manteniendo las
resoluciones, insistiendo e insistiendo ante la Administración y el
Parlamento. Pero también hay una sentencia del Tribunal Supremo y a
veces no se está aplicando...", indica.
El Tribunal
Supremo prohibió las pruebas médicas de determinación de la edad en los
casos en los que el menor porte documentación. Esto todavía no se cumple
siempre, como le ocurrió a Toumani (nombre ficticio), de solo 15 años.
La resolución del Síndic recoge estas vulneraciones con casos, por
ejemplo, en los que la Fiscalía ordena las pruebas de edad a "menores
que presentan pasaportes legalemente expedidos por sus países de origen o
no declarados inválidos por ningún organismo competente". También
tienen constancia de situaciones en las que se invalida "la
documentación aportada sin llevar a cabo de forma sistemática las
comprobaciones correspondientes".
Las pruebas médicas
de edad, además, "presentan márgenes significativos de error" –añade el
Defensor catalán–, de 1,7 años, que no son recogidos en los expedientes
por lo que se deniega la protección a estos jóvenes. "Hay ocasiones en
las que chicos con resultados en las pruebas muy próximos a las 18 años,
no obtienen la protección pese a no tener familia, sin considerar el
ínterés superior del niño", critica Mª Jesús Larios.
Las resoluciones de los Defensores del Pueblo, tanto el catalán como el
resto de los regionales y el nacional, no tienen caracter vinculante.
"Pero es el comisionado de los derechos humanos en el parlamento, en
este caso del Parlament, y sus resoluciones tienen un valor moral y
político", sostiene Francisco Solans, experto en Derecho de Extranjería.
Si la Administración no actúa según las recomendaciones del Síndic,
éste lo recogerá en su informe anual ante la cámara regional y los
diputados pueden exigir al gobierno que cumpla con los derechos de estos
menores. "En un gobierno con mayoría tienen menos recorrido, pero con
parlamentos fragmentados puede tener una fuerza política importante",
añade Solans.